Central de Valores S.A. (CEVAL)
Dos tipos de entes reciben ese nombre de acuerdo con la Ley Reguladora del Mercado de Valores. En primer lugar, las entidades autorizadas por la Superintendencia General de Valores (SUGEVAL) para administrar el registro en Valoración de Carteras de las emisiones realizadas por los emisores privados. El Banco Central de Costa Rica, responsable de administrar el registro en Valoración de Carteras de las emisiones del estado, podrá delegar total o parcialmente la administración de dicho registro en una Central de Valores así definida. Aún no ha sido autorizada para funcionar ninguna Central de Valores en este sentido. En segundo lugar, se denomina «central de valores» a las entidades privadas autorizadas por la SUGEVAL para brindar los servicios de custodia de valores. En Costa Rica existe una sociedad anónima especializada en la custodia de valores que pertenece a la Bolsa Nacional de Valores S.A. y se denomina Central de Valores S.A.